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14 ene 2012

ASAMBLEA INFORMATIVA SOBRE EL CAMBIO DEL RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO AL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

El Sindicato Andaluz de Trabajadores,La agrupación Local de Izquierda Unida de El Saucejo y El Ateneo Andaluz Carlos Cano de El Saucejo os invitan a la: Asamblea informativa sobre el cambio del régimen especial agrario al régimen general de la seguridad social. Será este Jueves 19 de enero a las 7 de la tarde En el Teatro Municipal Alberquilla, Con la participación de Diego Cañamero, portavoz nacional del SAT.

A partir del 1 de enero de 2012 el Régimen Especial Agrario pasa al Régimen General de la Seguridad Social, conservando un sistema especial dentro del mismo.

A partir de esta fecha hay que tener en cuenta lo siguiente:

Los trabajadores/as dados de alta en el Régimen Especial Agrario (REASS) para permanecer en este Régimen, han de tener trabajados como mínimo 30 jornadas durante los 365 días anteriores. Estas 30 jornadas pueden haber sido realizadas en la Agricultura, en el PER, cobrando el desempleo contributivo, en baja por enfermedad, maternidad, etc.
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Esta exigencia le afectará a aquellos trabajadores y trabajadoras que no perciben ninguna prestación, y que solo están dados de alta para tener derecho a la jubilación, con lo que ahora han de tener los 30 días trabajados que se exigen, de lo contrario no podrán continuar dados de alta en el Régimen Especial Agrario.

Para seguir conservando el alta en la Seguridad Social del nuevo sistema no se pueden adeudar más de dos meses de cotización, en caso contrario te dan de baja automáticamente

Cuando por algún motivo el trabajador o trabajadora se quiera dar de baja en el Régimen Especial Agrario tendrá que abonar los días que falten desde la fecha de baja hasta finalizar el mes correspondiente.

El alta en este Régimen se obtendrá cada vez que el trabajador/a realice una jornada en el campo, aunque lo hayan dado de baja por algunos de los motivos antes mencionados. Y para continuar dado de alta tiene que cumplir los requisitos exigidos

Cuando el trabajador realice jornadas en el campo, de su salario diario se le descontará la seguridad social, y como novedad, a partir de enero también se le descontará la seguridad social de lo que perciba por subsidio agrario, renta agraria, baja por enfermedad o maternidad.

El trabajador o trabajadora tendrá que cotizar directamente a la Seguridad Social en las siguientes situaciones:

1.- Los meses que no esté cobrando el subsidio agrario, renta agraria, baja por enfermedad o maternidad.

rabajado, o bien los días que no percibiera ninguna de las prestaciones antes mencionada.2.- Los meses que se trabaje menos de 23 jornadas, cotizando sólo los días del mes que no hubiera

Para tener derecho a la prestación del subsidio agrario, renta agraria o baja por enfermedad hay que estar al corriente en el pago de la cuota de la Seguridad Social.

Las demás características del Régimen Especial Agrario queda tal como está ahora

Subsidio agrario

-Los mayores de 52 años que reúnan los requisitos seguirán percibiendo el subsidio agrario (360 días) sin necesidad de tener peonadas

Renta agraria

-Los mayores de 52 años, necesitan las 35 peonadas para tener derecho a la renta agraria (300 días)

Al trabajador/a el empresario le descuenta por cada jornada de trabajo el 4.70 % de la base de cotización, que está fijada para 2011 en 986.70 euros/mes y 42.90 euros/día. Esta base de cotización beneficia a la hora de jubilarse o darse de baja por enfermedad.

Pero para que la mejora sea sustancial, hay que estar trabajando todos los días del año y esto sólo lo hace en Andalucía el 1% de los 513.000 trabajadores/as que están dados de alta en el régimen especial agrario (REASS.) El 99 % restante sólo trabajan a duras penas una media de 35 días al año.

Cuando no se trabaja la base de cotización está fijada para 2011 en 748.20 euros/mes, una base a la que hay que seguir pagando el 11.50% que suponen 86.04 euros cada mes lo que quiere decir que la inmensa mayoría seguirá con esas pensiones miserables tanto de jubilación como de enfermedad

Los requisitos para obtener el subsidio agrario, renta agraria, desempleo contributivo o trabajar en el per siguen siendo los mismos que hay ahora

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